martes, 28 de octubre de 2014

EN LAS CONSTITUCIONES DE LA CONGREGACIÓN DE LAS HERMANAS HOSPITALARIAS DEL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS, EL PADRE BENITO MENNI ALERTABA DEL RIESGO DE CATALEPSIA EN LOS CADÁVERES DE LAS PERSONAS ASILADAS EN SUS ESTABLECIMIENTOS.

El Reglamento para el buen régimen y administración del Cementerio de San Baudilio de Llobregat, editado en 1877, recogía en sus artículos 36 y 37 las instrucciones necesarias  en el supuesto de que se detectase signos de vida en los cadáveres situados en el depósito, antes de su inhumación.

La catalepsia es un estado morboso caracterizado por la rigidez cérea de las extremidades, que con la desaparición de signos vitales, el cuerpo se mantiene rígido e inmóvil, y la persona afectada no responde a los estímulos. El pulso y la respiración se vuelven lentos, la piel se pone pálida, con lo que, a pesar de la apariencia de estar muerta, puede estar completamente consciente de lo que ocurre a su alrededor. 

Esta enfermedad se manifiesta con más frecuencia en las mujeres, y puede estar provocada por numerosas causas psíquicas, entre ellas el parkinson, la histeria, la epilepsia y la esquizofrenia. (1)

Los establecimientos psiquiátricos eran, en el pasado, lugares de alto riesgo de sufrir catalepsia sus asilados, atendido que su desencadenante era mayoritariamente, como acabo de referir, la epilepsia y la esquizofrenia, entre otros.

Los sepultureros al efectuar exhumaciones, habrían sido testigos en el pasado, en más de una ocasión, de constatar tapas de ataúdes arañadas o apreciar que los restos cadavéricos aparecían contraídos, boca abajo o en posición distinta de la que habitualmente se colocan en el interior del ataud cuando han fallecido. Cuando esto ocurría, estaban  ante el caso de una persona que en su día fue enterrada en vida.

El riesgo de esta terrible enfermedad no pasó desapercibida en el Padre Benito Menni. "... En las desgracias imprevistas, no se dejará jamás de llamar con urgencia al Sacerdote, pues a las veces en tales casos no han muerto todavía las personas, aunque lo parezca; téngase grandiosísimo cuidado de no dar sepultura sin antes cercionarse bien de la defunción, toda vez que solamente se debe juzgar cierta, cuando haya comenzado la corrupción cadavérica, pues en ciertos casos, como la catalepsia, sucede que aparentemente se cree  durante varios días, que una persona está difunta sin estarlo" (2)

En el Reglamento para el buen régimen y administración del Cementerio de la villa de San Baudilio de Llobregat, editado en el año 1877,  no deja de sorprender que resultara muy completo para un municipio de poco más de cuatro mil habitantes en aquella época. Constaba de 76 artículos y fue aprobado por el Gobernador Civil de la Provincia con fecha 13 de octubre de 1877, resultando muy significativo, posiblemente por la existencia en el municipio del Instituto Manicómico de San Baudilio de Llobregat, el contenido de los artículos 36 y 37  del referido Reglamento.

"Art. 36. En el depósito deberá estar el ataud abierto, y atado en la muñeca del cuerpo depositado, un cordón que corresponda á una de las campanillas que habrá colgado del cuarto del custode, las cuales estarán numeradas, lo mismo que el punto donde cuelguen los cordones, para saber dónde corresponde el llamamiento en caso de verificarse.

"Art. 37. Si sonare alguna de las campanillas, luego el custode deberá acudir inmediatamente á la sala del depósito, abrigará con mantas y prestará todos los socorros que estén a su alcance al paciente, lo trasladará luego que sea posible á su habitación, lo meterá en una cama y sin pérdida de momento avisará á un facultativo y á la familia de paciente. Todos los gastos que ocasionen para su socorro, deberá abonarlos la familia del mismo "

Estos artículos evidencían que en el depósito de cadáveres del Cementerio de San Baudilio de Llobregat, podían darse -- si es que no se habían dado antes -- casos en que, personas consideradas fallecidas, en realidad no eran difuntas, sino que habían sufrido catalepsia. En aquella época, a medida que iban aumentando el número de asilados  en el establecimiento psiquiátrico, eran también más numerosos los fallecimientos de personas asistidas en el manicomio.


(1) Gran Enciclopedia Catalana. Volum. IV. Barcelona 1973

(2)Constituciones de la Congregación Religiosa de las Hermanas Hospitalarias del Sagrado Corazón de Jesús. Imprenta Góngora. Madrid 1930

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