Palacio de Justicia de Sevilla
La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un matrimonio que estaba acusado de un delito de lesiones y otro de detención ilegal, por dejar a su hija encerrada en su domicilio y con unos grilletes alrededor de los tobillos, a consecuencia de las sucesivas deudas de esta hija que sus padres habían tenido que asumir. La Sala ha entendido que la muchacha no estaba incomunicada, y "podía moverse dando pequeños saltos".
La Sección Séptima de la sentencia recoge que poco después de las 10 horas del día 17 de noviembre de 2009, los agentes de la Policía Nacional de Dos Hermanas (Sevilla) se desplazaron hasta el domicilio de los acusados, a raíz de una llamada telefónica recibida de la víctima, pero no pudieron acceder a la vivienda porque la puerta de acceso se encontraba cerrada con llave. Sin embargo, poco después, llegaba la acusada y madre de la víctima, que abrió la puerta y permitió la entrada a los policías, quienes en el interior encontraron a la víctima con una cadena colocada alrededor de los tobillos sujetada con unos grilletes "que dificultaba, aunque no le impedía, caminar ni moverse por las estancias de la vivienda al no estar anclada a ningún punto".
La sentencia añade que la cadena se la había puesto su padre, "no se sabe cuanto tiempo antes, y tras una acalorada discusión motivada por las dificultades económicas que la familia atravesaba a consecuencia de las sucesivas deudas que había tenido que asumir de la hija". Los agentes le quitaron los grilletes cuando la madre de la joven les entregó la llave.
La muchacha se encuentra afectada de problemas psiquiátricos, que le generan momentos de descompensación a no poder controlar sus impulsos. Trasladada al Centro de Salud fue asistida de diversas contusiones y erosiones, así como de una artritis traumática del quinto dedo de la mano derecha. Por estos hechos, la Fiscalía pedía, para los acusados, un año de cárcel por un delito de detención ilegal, mientras que para el padre también pedía 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, por un delito de lesiones.
Sin embargo, la Audiencia ha absuelto al matrimonio de los cargos de detención ilegal, y lo limita a una falta de coacciones con la concurrencia de la atenuante de estado pasional, argumentando para ello que la cadena colocada " no anclaba o confinaba a la joven a ninguna dependencia o espacio del inmueble, permitiéndole moverse por las estancias con las lógicas dificultades que le obligaban a dar pequeños saltos para ello". Asimismo considera que "resulta imposible saber desde cuando tenía colocada dicha cadena", mientras que " no consta que en momento alguno estuviera incomunicada y, por consiguiente, imposibilitada de poner fin a la situación en que se encontraba con el simple hecho de pedir ayuda, como tampoco se ha podido esclarecer si igual que las llaves de los grilletes estaban en la casa, había otro juego de llaves o incluso si la joven lo poseía".
Sin embargo " Sí hubo un atentado a la libertad, una restricción a la misma, pero sin llegar al supuesto de gravedad que una detención exige o que la coacción constitutiva de delito precisa, puesto que en el presente caso ni siquiera se ha podido constatar el tiempo de duración de esa situación", añade la Audiencia, que por todo ello, absuelve a ambos de los delitos que les imputaba la Fiscalía y los condena al pago de una multa de 200 euros por una falta de coacciones.
FUENTE DE CONSULTA
Agencia de noticias EUROPA PRESS. Domingo, 6 de marzo de 2011.
Habría que ponerse en el lugar de estos padres que tenían que estar muy desesperados y solos y sin los medios para ayudarles a afrontar la situación de su hija con problemas psiquiátricos para entender su proceder. En ningún momento parece que quisieran hacerle ningún daño a su hija. Si hubieran contado con las ayudas de la Administración no hubieran tenido que recurrir a aquella situación tan vejatoria e inhumana para su desdichada hija.
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