martes, 6 de septiembre de 2016

MONEDA DE USO INTERNO Y FINALIDAD TERAPÉUTICA EN EL CENTRO SAN JUAN DE DIOS, DE CIEMPOZUELOS (1908 -1920)


 Anverso y reverso de las monedas de uso interno, valores 5, 10, 25 y 50 céntimos y 1 peseta,  que se conservan en el Archivo del Centro San Juan de Dios, de Ciempozuelos (Madrid)

 Detalle de una de las monedas ( 25 céntimos), en su anverso y reverso.
Vista parcial del patio de Pensionistas del Manicomio de los Hermanos de San Juan de Dios, de Ciempozuelos, en las primeras décadas del pasado siglo XX.


El Hno. Calixto A. Plumed Moreno, de la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, en su libro "Un siglo con el enfermo mental. Caminos abiertos... ", considera que " Es interesante resaltar la aportación que la agudeza del hermano Andrés Ayúcar introduce en el Manicomio de Ciempozuelos", al referirse a la elaboración de un sistema de dinero de uso interno, y añade que " Por los motivos que se indican, no deja de ser revolucionario en esta época en la que pueda pensarse se van introduciendo los reforzadores de conducta de la mano de algunos autores de finales de siglo". Admite que "Sería aventurado  tal vez decir que Andrés Ayúcar  se adelanta en cierto modo al token-economy-system desarrollado por Ayllon y Azrin en los 1968. El hecho histórico es el documento que se transcribe con la descripción del diseño caduco. Y el testimonio tangible de la colección de monedas conservadas en el archivo del Centro San Juan de Dios, así como los troqueles respectivos para la acuñación metálica de las mismas".

Refiere en el citado libro que "El día 5 de enero de 1908, en el Libro de Actas se transcribe la carta del Provincial Fr. Andrés Ayúcar de fecha 9 de diciembre de 1907, cuyo contenido literal es como sigue:

     R.P.Prior. Ciempozuelos

     "Estimado Hº en el Señor: Conociendo los inconvenientes que trae consigo el manejo de dinero tanto por parte de los enfermos como de los Hermanos encargados de los mismos, y principalmente, en los enfermos por lo que toca a la seguridad, y en los Hermanos por lo que respecta a la santa pobreza; el Definitorio Provincial, con el fin de evitar dichos inconvenientes acordó, en sesión celebrada el 18 del corriente lo siguiente:

    " 1º Que se haga en esa Casa una emisión de vales monetarios al portador en número conveniente, que circulará dentro del Establecimiento desde 1º de Enero de 1908."

Los puntos 2º y 3º recogen las características de estas emisiones.

    " 4º Los citados vales llevarán su cometido, dentro del establecimiento, en la siguiente forma: todo dinero que pertenezca o adquieran los enfermos, o que para los mismos se reciba en la Casa, bien sea en metálico, libranza o sellos de correo, etc., etc.,  será inmediatamente entregado al Hº Ecónomo, el cual, a su vez, entregará su equivalente en vales al Hº encargado del enfermo, cuyo es el dinero. Dicho Hº llevará una libreta, a manera de cuenta corriente, en la que hará constar el dinero que cada enfermo posee, y las cantidades que entrega al mismo, o por cuenta del mismo en vales. A los poseedores de dichos vales se les suministrará, por su equivalencia, lo que soliciten en las dependencias del Establecimiento, según se acostumbra, y los encargados de estas dependencias entregarán mensualmente al Ecónomo los vales recogidos por las ventas verificadas y el Ecónomo ingresará en la caja el equivalente de dichos vales producto de ventas.

     "5º Cuando el Superior pareciere conveniente se hará una nueva emisión de vales y retirará la anterior, si también lo estimara conveniente.

     "6º Desde el 1 de Enero de 1908 queda prohibida la circulación de toda otra moneda, dentro del Establecimiento, entre los enfermos y los hermanos encargados de ellos y de las dependencias mencionadas.

     "7º Los precitados vales no tendrán ningún valor para los dependientes de la Casa ni para las personas de fuera.

     "Mandamos que esta carta se copie en el libro de Capítulos Conventuales. Su afmo. Hº en el Señor e indigno Provincial. Fr. Andrés Ayúcar." (Rubricada).

Este sistema se mantiene por muichos años e incluso se perfecciona como queda patente el día 17 de diciembre de 1920 cuando, al finalizar la Visita Canónica, el P. Juan Jesús Adradas, provincial señala:

     "1º Para evitar abusos que se han dado en algún tiempo y para conformarnos mejor con el espíritu de pobreza que hemos profesado, mandamos que a ningún Religioso sea lícito tener en depósito dinero perteneciente a los enfermos o recibir de las visitas, antes bien,  todo debe ser entregado al Hº Ecónomo quien llevará su libro en el que distintamente haga constar lo que pertenece a cada asilado"

     "Igualmente ordenamos a los Hermanos encargados de las oficinas donde los asilados compran algunas cosas, como cocina, despensa, farmacia y ropería, no reciban como precio dinero corriente sino el propio de la Casa, sea de cartón, sea de metal, y todas las semanas han de hacer entrega al mismo Hº Ecónomo del importe recibido por las ventas hechas durante la semana".

PROCEDENCIA

Plumed Moreno, Calixto A. (O.H), "Un siglo con el enfermo mental. Caminos abiertos...". Fundación Juan Ciudad. Madrid 2000.

3 comentarios:

  1. Gracias joan por este trabajo.Soy Daniel quien contacto contigo pidiendo esta misma informacion

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  2. Gracias joan por este trabajo.Soy Daniel quien contacto contigo pidiendo esta misma informacion

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  3. Acabo de ver ahora tu comentario Daniel. Gracias a ti y a todas las personas interesadas en mi trabajo. Un atento saludo.

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